Vender un pagaré al banco

Pregunta 1: Un hombre ha comprado una mercancía de un vendedor, y han acordado que el primero pagaría el dinero en un mes o dos. Por lo tanto, el comprador ha firmado un papel que se llama (pagaré) en la cual se determina el precio de la compra, la fecha del pago y el nombre del comprador. Luego, el vendedor vende este pagaré al banco para que éste la pague a cambio de una ganancia que consigue del vendedor. ¿Acaso esto está permitido o no? ( Número del tomo 13; Página 371)


Respuesta 1: Está permitido comprar una mercancía por un plazo y un precio determinados. Pues, especificar el precio es algo necesario según la shari‘ah (Ley Islámica); debido al significado general de la aleya donde Allah dice: ¡Vosotros que creéis! Cuando tratéis entre vosotros un préstamo con plazo de devolución, ponedlo por escrito Sin embargo, el acto de vender el pagaré al banco con un interés pagado por el vendedor al banco a cambio de pagar el importe al vendedor y luego el banco consigue el importe del pagaré del comprador, está prohibido; porque es una usura.¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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