Pregunta: Hace dos años compré un vehículo Mercedes de esta manera: conozco a una persona de la cual compré el vehículo mencionado, aunque él no lo tenía ni fue de su propiedad. Nos pusimos de acuerdo sobre el valor de 180.000 (ciento ochenta mil riyales) a plazos mensuales. Luego él compró el coche en efectivo y lo registró a mi nombre, debido al acuerdo que hicimos. Dos meses más tarde me dijeron que esta venta no estaba permitida. Pregunté a algunos ulemas; unos me dijeron que estaba permitida, y otros dijeron que no. Pero yo devolví el coche a su dueño, y le conté lo que pasó. Entonces, él aceptó el dinero por lo cual compró el coche en efectivo. ¿Está permitida esta venta? Si es así, ¿tendría que devolverle el resto del valor que hemos acordado anteriormente? Téngase en cuenta por favor, que el coche ha sido propiedad mía desde que el hombre aceptó coger su dinero. Les ruego que me aclaren este asunto, ¡que Allah les proteja!
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Número del tomo 13;
Página 243) Respuesta: Si la realidad de su contrato fue como se ha mencionado, la primera venta no está permitida ni es válida. Esto es porque el vendedor le vendió el coche antes de poseerlo e, incluso, de tenerlo, y esto es ilegítimo. Sin embargo, ponerse en acuerdo con el vendedor sobre el hecho de pagarle su precio en efectivo es un contrato válido. Esperamos que Allah le perdone lo de la compra del coche antes de que el vendedor lo posea. Usted solo tiene que pagar el precio que habían acordado últimamente. Así pues, tienen que arrepentirse y pedir perdón a Allah por la primera venta.
¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!