Vender la tierra destinada al comercio cuando suba su valor
Pregunta: Le informo a su Eminencia que yo poseo tres superficies de tierra en
la Meca
y Riad;
dos de ellas las obtuve como una donación del Estado, y la tercera la compré desde hace doce años. Tenía la intención de venderla en el futuro, si necesario, con un interés, o edificarla si gano de ella buen dinero, pero no la vendí ni edifiqué. Respecto a las dos superficies que he conseguido del ayuntamiento; tuve la intención de dejarlos para mis hijos como residencia, o que las vendan después de que yo muera; porque no he dejado ninguna casa donde mis hijos pueden vivir después de mi muerte.Por favor, aconséjenos en tal caso, que Allah le recompense con el bien. ¿Debo pagar azaque por estas tierras, y cuánto será? ¡Qué la paz de Allah sea con usted!
Respuesta: La tierra destinada al comercio, por la que usted tomó la intención de venderla al subir su valor, debe pagar el azaque debido a ella cada año con la cantidad que corresponde en el momento de cumplir un año de hégira de tenencia al dos y medio por ciento. Y la otra que quiso dejar para la residencia de sus hijos después de su muerte, no debe pagar azaque sobre ella. (
Número del tomo 8;
Página 92) ¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!