Un hombre tiene una herencia de su padre que éste heredó de su abuelo, pero estipuló el cumplimiento de al-hajj de siete personas y su valor sólo cubr

Pregunta: He heredado una finca de mi padre que él había heredado de mi abuelo, quien recomendó en su testamento que hay que cumplir siete hajj (peregrinación mayor) de esa herencia. Mi padre, por su parte, me recomendó hacer esos siete hajj que deberían ser cumplidas del valor de la herencia, pero me dijo que él no conocía a esas personas (en cuyo nombre esos hajj deberían ser hechos), sus nombres y si son hombres o mujeres. Además, el valor de la herencia ahora, no cubre al-hajj ni para una sola persona. ¿Podría aconsejarme cómo debo resolver este problema y si, según la shari‘ah (Ley Islámica), tengo que pagar de mi propia parte el valor equivalente a los otros siete hajj en caso de que la herencia no los cubre? Asimismo, me gustaría saber cómo puedo realizar al-hajj por personas desconocidas para mí, e incluso ignoro sus nombres, ya que sólo sé que hay que pagar -de esa herencia- por unos siete hajj.


Respuesta: Le recomendamos recolectar la cosecha de la herencia y pagar de su valor, cada vez que sea disponible, lo que cubre al-hajj de una de las siete ( Número del tomo 16; Página 166)  personas antes mencionadas, hasta cubrir el valor del hajj de siete personas; y entonces, la producción de la tierra en cuestión será propiedad de los herederos de su abuelo y su padre según la herencia legal. Eso será con la intención de realizar al-hajj en nombre de las siete personas que su abuelo deseaba ayudar. Sin embargo, usted no está obligado a realizarlo por sí mismo o de su propio dinero, sino que es necesario hacerlo de las rentas de la tierra. Sin embargo, en caso de que usted asuma la responsabilidad de pagar por ello, entonces Allah le recompensará con el bien.¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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