Tomó prestados, de un hombre; cuarenta mil a condición de devolver sesenta mil los cuales pagará a plazos
Pregunta 1: Un hombre se casó y tomó prestados, de alguien, unos (40.000) a condición de que se le devuelva (60.000) pagando cada mes (2000) riyales, ¿se considera eso usura? Teniendo en cuenta que el pago será en retraso y a plazos mensuales, y si termina de pagar las mensualidades hasta (40.000), entonces ¿qué hace? ¿Pues que rechace el aumento o que pague otra cantidad a cambio del dinero restante? Ya que hay un bono que lo afirma.
Respuesta: Esta forma mencionada en la pregunta es una de las formas de usura, porque es un préstamo con interés, y esto es una clara usura, y Allah -Exaltado sea- prohibió la usura y prometió que quien lo ejecute tendrá un enorme castigo, y el Mensajero de Allah -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- maldijo: (a quien gana dinero a través de usura, quien la paga, quienes la atestiguan y quien la escribe), así que, quien tomó este préstamo, debe devolver el dinero a su poseedor sin aumento, para que no le apoye en ganar dinero de usura, compartiendo, así, con él el pecado. Además, debe aconsejar al poseedor del dinero que se arrepienta a Allah por haber ganado mediante la usura, y que no vuelva a cometer este mal acto, y que acepte su capital tal como es sin aumento, que tenga temor de Allah y no cometa lo que Allah y su Mensajero -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- prohibieron, Allah -Exaltado sea- dice:
Pero si os volvéis atrás, conservaréis vuestro capital. Y no seréis injustos ni sufriréis injusticia(279) Y si está en dificultad, concededle un plazo de espera hasta un momento de desahogo
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Número del tomo 11;
Página 120) ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!