Su padre le impedía ayunar el mes de Ramadán por su niñez, aunque ella ya había alcanzado la pubertad
Pregunta:
¿Es obligatorio que yo recupere el ayuno de los días perdidos en Ramadán, sobre todo si no sabía que tenía la obligación de recuperarlos? Esto ocurrió cuando estaba ayudando a mi familia en muchos quehaceres fuera de la casa. Por lo tanto, mi padre me decía: "no ayunes porque todavía eres menor de edad". Ahora siento que tengo que recuperar algunos días no ayunados. Entonces, ¿tengo que hacerlo de forma consecutiva o por separado? ¿Tengo que pagar una expiación en forma de dar de comer a los pobres? ¿Cómo puedo hacerlo y cuál es el tipo de esa comida?
Respuesta: Quienquiera que está vivo durante el mes de Ramadán y es mayor de edad, obligado a los preceptos religiosos, debe realizar el ayuno, a menos que tenga una excusa legal para no cumplirlo, como el viaje y la enfermedad con que es difícil ayunar. Si el caso es como usted ha mencionado y que usted es mayor de edad, obligada a los preceptos religiosos, entonces es obligatorio que recupere los días que no ayunó, además de arrepentirse a Allah y buscar Su perdón. No es necesario compensar los días perdidos consecutivamente, pero es mejor que hacerlo por separado. Además, debe expiarse por cada día retrasado hasta la llegada del siguiente Ramadán. La expiación debida es alimentar a un pobre por cada día no ayunado un medio sa' (1 sa' = 3 kg. Aprox.) de arroz, trigo o similares de la comida común de su localidad. ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!