Solía cohabitar con su esposa en los días de Ramadán, durante tres años, por ignorancia religiosa

Pregunta: Me gustaría pedir su opinión respecto a la siguiente cuestión: Durante tres años estuve manteniendo relaciones carnales con mi esposa en los días de Ramadán. En el primer año me abstenía de comer y beber, pero cohabitaba con ella durante veinticinco días del mes, por ignorar el veredicto religioso de tal acto. Al año siguiente, hice lo mismo durante quince días. Al tercer año, lo hicimos también durante cinco días. En aquel entonces, no sabía que tener relaciones carnales durante el día de Ramadán invalida el ayuno, y por lo tanto lo hacía mientras me abstenía de beber y comer. Por favor, ¿qué es lo que debo hacer respecto a esta cuestión?


( Número del tomo 9; Página 235)  Respuesta: Primero, usted y también su esposa, deben arrepentirse a Allah -Exaltado sea- y pedir Su perdón por este acto. Segundo, es obligatorio dar una expiación por cada día de coito con su esposa. La expiación consiste en poner en libertad a un esclavo creyente o, si no es posible, ayunar durante dos meses consecutivos. Si tampoco es posible, tiene que alimentar a sesenta personas pobres por cada día, dándole a cada uno medio sa' (kilo y medio aproximadamente) de la comida básica de su localidad. Tercero, tiene que compensar el ayuno de los días en los que mantuvo relaciones carnales con su esposa. En caso de retrasar la recuperación de estos días hasta el siguiente Ramadán, hay que alimentar a una persona necesitada por cada día, dándole la cantidad de medio sa´ de la comida básica de su localidad. Cuarto, su esposa debe igualmente cumplir con los veredictos mencionados arriba de arrepentirse, dar expiación y recuperar el ayuno de estos días. ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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