Si una persona anciana muere sin poder ayunar, se debe realizar una expiación en su nombre

Pregunta 1: Mi abuela -que Allah tenga misericordia con ella- falleció hace dos años, era incapaz de realizar el ayuno del Ramadán, ya que estaba enferma y débil mentalmente. ¿Cuál es el veredicto legal al respecto? ¿Debo pagar limosna por cada día en que ella no realizó el ayuno, o qué debo hacer?


Respuesta 1: Debe alimentar a un pobre por cada día no ayunado por ella por la cantidad de un medio sa` (1 sa` = 3 kg. Aprox.) del alimento básico de la región o localidad, ya que Ibn ‘Abbas -que Allah esté complacido con ambos- dijo acerca de la aleya en la que Allah -Exaltado sea- dice: Y los que pudiendo ayunar (no lo hagan o interrumpan su ayuno) que alimenten, como exención No fue abrogada ya que se refiere a las personas mayores que no son capaces de realizar el ayuno. Recopilado por Al-Bujari -que Allah tenga misericordia con él-. Y si ella perdió su capacidad de razonar, queda exenta de las prescripciones religiosas, porque el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- dijo: A tres personas no se les escriben sus acciones (no son responsables de ellas)... , y mencionó que uno de ellos es: el loco hasta que recupere la razón ( Número del tomo 9; Página 126)  ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


Relacionado: