Si una persona anciana muere sin poder ayunar, se debe realizar una expiación en su nombre
Pregunta 1:
Mi abuela -que Allah tenga misericordia con ella- falleció hace dos años, era incapaz de realizar el ayuno del Ramadán, ya que estaba enferma y débil mentalmente. ¿Cuál es el veredicto legal al respecto? ¿Debo pagar limosna por cada día en que ella no realizó el ayuno, o qué debo hacer?
Respuesta 1: Debe alimentar a un pobre por cada día no ayunado por ella por la cantidad de un medio sa` (1 sa` = 3 kg. Aprox.) del alimento básico de la región o localidad, ya que
Ibn ‘Abbas
-que Allah esté complacido con ambos- dijo acerca de la aleya en la que Allah -Exaltado sea- dice:
Y los que pudiendo ayunar (no lo hagan o interrumpan su ayuno) que alimenten, como exención
No fue abrogada ya que se refiere a las personas mayores que no son capaces de realizar el ayuno. Recopilado por
Al-Bujari
-que Allah tenga misericordia con él-. Y si ella perdió su capacidad de razonar, queda exenta de las prescripciones religiosas, porque el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- dijo:
A tres personas no se les escriben sus acciones (no son responsables de ellas)...
, y mencionó que uno de ellos es:
el loco hasta que recupere la razón
(
Número del tomo 9;
Página 126) ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!