Si una mujer comete fornicación, queda embarazada y pare un niño, el chiquillo será fruto de la relación marital y desciende del marido, a menos que s
Pregunta 7:
Si una mujer casada cometió fornicación, y queda embarazada como resultado de esa relación y pare un niño, ¿quién debe asumir la paternidad de esa criatura? ¿El marido? según el siguiente hadith:
Los niños pertenecen al marido de la mujer y la adúltera debe ser lapidada.
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Número del tomo 20;
Página 339) En caso de que la paternidad sea asumida por el marido y padrastro, ¿éste puede adoptar a ese chico sin restricciones legales? Ítem más: ¿Puede otorgarle todos los derechos que tendría un hijo legítimo y equipararlo a ellos? ¿O, por el contrario, debe tomarlo por esclavo? Si la paternidad del niño es asignada al fornicario, ¿aquél pasa a ser legalmente considerado como un hijo legítimo, a todos los efectos?, o, por el contrario, ¿El fornicador y padre carnal debe limitarse a adoptarlo, aplicándole el estatuto inherente a la ilegitimidad?
Respuesta 7: Si una mujer casada comete fornicación y queda embarazada, el bebé pertenecerá al marido, en virtud del hadith: -Los niños pertenecen al marido de la mujer y la adúltera debe ser lapidada-. Si el marido desea denunciar pública y legalmente la ilegitimidad del pequeño, debe hacerlo formulando un li‘an (acusación jurada de adulterio, por parte del otro cónyuge). Ese procedimiento, para adquirir toda su validez, ha de formalizarse ante un tribunal legal. Además, debe tenerse en cuenta que el chico no se considera legalmente hijo de quien lo adopta, según el consenso los ulemas del Islam. Debe tenerse en cuenta también que la adopción no es lícita en el Islam, y que, por tanto, el niño adoptado no puede ser hijo legítimo del hombre que lo adopta. ¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!