Si su esposa le dio dinero tratándose de un préstamo, ella tiene derecho a recuperarlo; pero si se trata de una donación, no lo puede recuperar

Pregunta 1: Tenía una esposa y teníamos muchas necesidades, por lo tanto ella me ayudó dándome algo de su dinero propio, ( Número del tomo 16; Página 257) que fueron treinta riyales saudíes de plata en aquel momento. Luego tuve un litigio con su familia y como consecuencia de esto, me divorcié de ella después de tener una niña. Después del plazo de la ‘Idda (período legal de espera), se casó con otro hombre del cual tuvo un niño y luego se murió. Entonces, ¿esta cantidad de dinero que me dio voluntariamente y no me pidió devolverlo antes de su muerte se trata de una deuda? Y por tanto, ¿tengo que dárselo a sus herederos? Ella no me dijo nada antes de su muerte y me imaginé que fue una donación o una ayuda. Así pues, para mí no estaba claro si se trataba de un préstamo o de un regalo. Ella ha dejado un hijo, una hija y a su madre. ¡Qué Allah les conceda el éxito!, ¿por favor infórmeme?


Respuesta 1: Si su esposa le pagó el dinero como un regalo para ayudarle, entonces no es una deuda; pero si se trata de un préstamo, tiene que dar el dinero a sus herederos. Porque es una deuda que le debe a ella, que se transimite después de su muerte a sus herederos. Pero si tiene duda de si se trataba de un regalo o de un préstamo, lo mejor sería dar el dinero a sus herederos, porque el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- dijo: Deja aquello que te hace dudar e inclínate a lo que no te hace dudar Y en otro Hadîz el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- dijo: Quien se protege de las cosas ambiguas, se pone a salvo en su religión y su honor ¡Qué Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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