Si retrasa la recuperación de los días no ayunados en Ramadán debido a una excusa legal, entonces sólo tiene que recuperarlos
Pregunta 3: ¿Cuál es el veredicto sobre la mujer que rompió su ayuno en Ramadán por una excusa legal, pero no pudo recuperarlo hasta la llegada del siguiente Ramadán? Tampoco pudo ayunar el próximo Ramadán debido a una enfermedad grave. Al recuperarse, comenzó a compensar los días perdidos de ayuno del primer Ramadán, y luego compró pan, distribuyéndolo entre sus vecinos. ¿Es válido este ayuno?
Respuesta 3: Si el retraso en recuperar los días no ayunados en Ramadán hasta la llegada del próximo Ramadán se debe a una excusa válida, entonces ella sólo debe recuperar estos días perdidos, y no tiene que dar de comer a pobres. Pero si el retraso no se debe a una excusa legal, ella tiene que recuperar los días perdidos y dar a comer a un pobre por cada día un medio sa' (1 sa' = 3 kg. Aprox.) del alimento común de su localidad, cuyo peso es un kilogramo y medio. También debe arrepentirse a Allah -Exaltado sea-. ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!