Si dona una tierra como habiz al servicio de un cementerio, no está permitido utilizarla en otra cosa
Las alabanzas son únicamente para Allah, la paz y las bendiciones de Allah sean con el último Profeta: El Comité Permanente de Investigaciones Científicas y Emisión de Fatwas examinó el mensaje enviado a su Eminencia el Muftí General por su excelencia el ministro de los Asuntos Islámicos, Habices, Predicación y Orirntación, con el N˚ (5 / 3 / 1735) y la fecha del 12 / 10 / 1418 H., transmitido al Comité por la Secretaría General del Comité de los Grandes Ulemas con el N˚ (6266) y la fecha del 24 / 10 / 1418 H. El texto del mensaje de su excelencia el ministro es el siguiente: Su Eminencia el Gran Muftí
del Reino,
jefe del Comité de los Grande Ulemas y del Comité de Investigaciones Científicas y Emisión de Fatwas, que la paz, la misericordia y las bendiciones de Allah sean con ustedes. Ruego a Allah que su Eminencia disfrute de muy buena salud. Le informo a usted que hay en el norte de la
Provincia Darma’
una tierra llamada Al-Sabiliyya, donada en habiz por su dueño Ibrahim Ibn Soliman Al-Sayari para el adobe del cementerio, con la condición de que si se llena el cementerio actual, se entierra en la tierra mencionada. El ministerio de Asuntos Islámicos, Habices, Predicación y Orientación, sacó el documento de la donación del tribunal de
Darma’
con el N˚ (62) en (
Número del tomo 16;
Página 102) 29 / 7 / 1411 H. Esta tierra está ahora dentro de la provincia, no se beneficia de ella en producir adobe, y todavía no hay necesidad de utilizarla como cementerio. Se propuso explotar la tierra mencionada y gastar sus rentas por el cementerio. Por eso, le ruego a su Eminencia de informarnos sobre la legalidad de esto.
Examinada la petición de la Fatwa, el Comité respondió que lo básico en cuanto al habiz es que se debe aplicar las condiciones del donante del habiz como las puso, y no se permite proceder en él de manera contradictoria a lo condicionado por el donante ni actuar en él en contra de los intereses y los objetivos que él mismo desea de su habiz. Dado que el donante ha dedicado esta tierra como habiz para el adobe del cementerio, y ha puesto como condición que si se llena éste, se entierra en su tierra, y dado que no se beneficia de la tierra donada ahora para producir el adobe, entonces que se quede el territorio donado hasta que el cementerio actual se llene y se convierta en un cementerio cuando se necesite. Así, se aplica la condición del donante, y se realiza su objetivo mayor relacionado con esta tierra, que es convertirla en un cementerio público, y entonces le llega su beneficio y se recompensa por ello si Allah quiere.¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!