¿Se puede incluir a los descendientes de los nietos en el beneficio del habiz dedicado a éstos?
Pregunta: Se mencionó en el testamento de Shuwai`ah bint Husain ibn Saqan, bajo el testimonio de dos testigos, que hizo como habiz su acción que compró de Al-Gawharah bint Faisal en la propiedad de Sulaiman ibn Mubarak, que es supervisada por Al-Shumai`i. Sus hijos y su descendencia deben sacrificar una ofrenda en nombre de ella y de sus padres. Cuando están en necesidad, no hay ningún inconveniente en que coman del sacrificio. Fin de la cita. De acuerdo con las instrucciones indicadas por el testador, el beneficio del habiz se divide entre la primera y la segunda generación. Ahora esas generaciones fallecieron, dejando a los niños, entonces ¿Cómo se divide el beneficio entre ellos?
Respuesta: Debido a lo que fue mencionado por el testador, si alguno de sus hijos y nietos está en necesidad, se le permite comer del sacrificio. Lo mismo se aplica a los hijos de sus nietos; aquel que está en necesidad puede comer de ello, y el que no lo necesita, no tiene derecho a tomar de ello. Y en este caso, debe ser gastado en la caridad. Eso es lo que fue aprobado y firmado por el testador. (
Número del tomo 16;
Página 118) ¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!