¿Se puede hacer al-hajj por quien ha muerto, y era incapaz de cumplirlo?

Pregunta 1: ¿Puedo hacer al-hajj por mis padres quienes han muerto y eran incapaces de cumplirlo debido a la pobreza cuando estaban vivos? Pues, yo quiero realizarlo, y me gustaría saber la regla de la Shari'ah que se aplica en este caso.


Respuesta 1: Está permitido que usted realice al-hajj en nombre de sus padres, o delegar a alguien para que lo haga en su lugar, siempre que usted ya haya realizado previamente su propio hajj. Y lo mismo se dice para la otra persona delegada también; de conformidad con el Hadîz narrado por Abu Dawud en su Sunan bajo la autoridad de ‘Abdullah ibn ‘Abbas -que Allah esté complacido con ambos- que el Profeta-la paz y las bendiciones de Allah sean con él-: Escuchó a un hombre decir: 'Quiero realizar al-hajj en nombre de Shubrumah'. Preguntó: '¿Quién es Shubrumah?' Respondió él: 'Es un hermano o pariente mío'. Le preguntó: '¿Ya has realizado tu propio hajj?'. Contesto negativamente. Entonces le dijo: 'Realiza tu propio hajj, y luego en nombre de Shubrumah'. Fue recopilado también por Ibn Maga. Dijo Al-Bayhaqi: ( Número del tomo 11; Página 54) "Su cadena de narradores es auténtica, y nada en este sentido es más auténtico".¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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