¿Se puede hacer al-hajj por quien ha muerto, y era incapaz de cumplirlo?
Pregunta 1: ¿Puedo hacer al-hajj por mis padres quienes han muerto y eran incapaces de cumplirlo debido a la pobreza cuando estaban vivos? Pues, yo quiero realizarlo, y me gustaría saber la regla de la Shari'ah que se aplica en este caso.
Respuesta 1: Está permitido que usted realice al-hajj en nombre de sus padres, o delegar a alguien para que lo haga en su lugar, siempre que usted ya haya realizado previamente su propio hajj. Y lo mismo se dice para la otra persona delegada también; de conformidad con
el Hadîz narrado por
Abu Dawud
en su Sunan bajo la autoridad de
‘Abdullah ibn ‘Abbas
-que Allah esté complacido con ambos- que el Profeta-la paz y las bendiciones de Allah sean con él-:
Escuchó a un hombre decir: 'Quiero realizar al-hajj en nombre de
Shubrumah'.
Preguntó: '¿Quién es
Shubrumah?'
Respondió él: 'Es un hermano o pariente mío'. Le preguntó: '¿Ya has realizado tu propio hajj?'. Contesto negativamente. Entonces le dijo: 'Realiza tu propio hajj, y luego en nombre de
Shubrumah'.
Fue recopilado también por
Ibn Maga.
Dijo
Al-Bayhaqi:
(
Número del tomo 11;
Página 54) "Su cadena de narradores es auténtica, y nada en este sentido es más auténtico".¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!