¿Se debe pagar el azaque de todo el capital prestado, siendo que no se lo puede recuperar, pese a muchas reclamaciones?
Pregunta: Soy el gerente de una empresa industrial que fabrica e importa medicamentos y artículos médicos para un número de clientes, tanto del sector público como privado. Nuestras deudas por cobrar de los años 1413, 1414, 1415 y 1416 H., son de varios cientos de millones de riyales. La empresa ha realizado mucho esfuerzo para recuperar sus deudas, tomando todas las medidas posibles al respecto, sin embargo ha pasado mucho tiempo y todavía no ha podido recaudarlas, lo que le ha imposibilitado obtener o administrar sus bienes a fin de buscar nuevas oportunidades comerciales y alcanzar beneficios. Por el sincero interés de la empresa de pagar todo el azaque debido sobre los capitales de sus accionistas, presenta a su Eminencia esta interrogante acerca del azaque a pagarse sobre las deudas en mora, lo referente a su verdadera posesión, su lucro y la contabilización del paso del año lunar, después de haber sido incapaz de cobrar el dinero de los deudores, y cómo se calcularía el azaque después de cobrar una parte o toda la deuda. . . . . . .
¿Debe la empresa pagar el azaque basándose en el capital original invertido del cual proviene la deuda, la cual no se puede recuperar pese a muchas reclamaciones? (
Número del tomo 8;
Página 134) ¿Acaso sólo se debe pagar el azaque sobre la parte recaudada de la deuda y después de pasado un año de hégira de tenencia?Buscamos de su Eminencia el consejo acerca del pago del azaque sobre estas deudas, apelando a su conocimiento del método de nuestros Salaf Salih (piadosos predecesores) y las opiniones de los grandes ulemas, basándose en el juicio de la mayoría de ellos.
Respuesta: Si el deudor es insolvente, o es solvente pero no paga; o en otras palabras, el acreedor no puede recuperar su dinero, entonces éste no debe pagar el azaque sino hasta cobrar el dinero y pase un año de hégira de tenencia después de tenerlo. Sin embargo, si el deudor es solvente y el acreedor puede recuperar su dinero, entonces éste está obligado a pagar el azaque de la deuda, siempre y cuando haya pasado un año de hégira de tenencia y el monto de la deuda alcance al-nisab (la cantidad mínima en la que el azaque es debido) por sí misma o al sumarse a otros valores de la empresa. . . . .¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!