Saldar al banco la deuda de quien se ha convertido recientemente al Islam antes de su conversión

Pregunta: El remitente dice que se ha convertido recientemente al Islam y que compró una casa antes de ser musulmán a través de una transacción que predomina ampliamente en el mundo occidental, es decir, pagar cierta cantidad en efectivo y pedir un préstamo para pagar el resto. Sabiendo que el musulmán no puede pagar o recibir intereses, por eso, pregunta sobre el veredicto legal al respecto.


( Número del tomo 13; Página 364) Respuesta: Si la realidad es como usted ha mencionado, debe informar su nuevo estado a la autoridad de la cual se tomó el préstamo, pidiéndo aceptar sólo el capital sin intereses, porque el Islam prohíbe las transacciones usureras. Haciendo esto, le libera de toda responsabilidad de pagar los intereses usurarios. Si la autoridad acepta, pues Alabado sea Allah; pero, si no, deberá pagar los intereses estipulados en el contrato firmado antes de convertirse al Islam. ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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