Recurrir a los tribunales positivos

Pregunta 13: ¿Cuál es el veredicto legal sobre recurrir al sistema judicial de EE.UU en cuestiones disputables entre los musulmanes, como el divorcio, el comercio y otros casos?


Respuesta 13: No está permitido a un musulmán recurrir a los tribunales positivos, salvo en caso de urgencia donde no hay tribunales legales. Además, si le juzgan algo mientras sabe que no es su derecho, entonces no le será lícito aceptarlo. Pregunta 15: ¿Acaso el juicio de un musulmán, siendo un Imán, predicador o algo parecido en cuestiones disputables como el divorcio, el jul‘ (divorcio que la esposa pide pagando una compensación) o el comercio, es obligatorio ejecutarlo para los disputados? ( Número del tomo 23; Página 503) Respuesta 15: Si el objetivo del arbitraje es reconciliar entre la gente, entonces es recomendable aceptarlo y cumplir con ello; puesto que conduce a purificar los corazones de la envidia, el rencor y la venganza. En cambio, si su objetivo es la justicia, y el juez es apto para ello debido a su clarividencia y su sabiduría, entonces ambos lados deben cumplir con su sentencia.¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


Relacionado: