Reclamar el precio de las mercancías robadas

( Número del tomo 15; Página 270) Pregunta 1: Importamos algunas mercancías del extranjero, y estas mercancías a veces nos llegan incompletas, por muchas razones, de las cuales: que se roban estando al borde del buque, o del muelle en el puerto, se pierde o se entrega erróneamente a otro, o cualquier otro daño, como que el capitán echa la mercancía o una parte de ella en el mar, por ver que esto es más seguro para el buque, según su opinión, y los muchos daños que ocurren cuando importamos las mercancías, y para reclamar la indemnización de este daño de la administración del puerto o de los dueños del buque o del puerto de carga en el extranjero, o de los otros causantes de estos daños, es una función muy difícil para nosotros, y de costos muy altos, y necesitamos largo tiempo para hacerlo, por eso, la compañía aquí reclama -pues tiene corresponsales en todas las partes del mundo y abogados especialistas- en nombre de nosotros recauda el precio de las mercancías robadas, perdidas o estropeadas del causante de esto, a cambio de una proporción muy poca que llega aproximadamente a 1/3% (un tercio por ciento riyal) del precio del pedido completo, y este acuerdo se realiza cuando se pide el envío antes de cargarlo, pues ellos cobran sus pagas mencionadas antes por el pedido, igual si hay falta en la mercancía después de llegar, o no, ¿este tipo de acuerdos está permitido?, teniendo en cuenta que así estaremos en paz de la injusticia de los otros, o se pierden nuestros derechos en el interior o en el exterior si realizamos este acuerdo con aquella compañía.


( Número del tomo 15; Página 271)  Respuesta 1: Si tal es el caso de estar de acuerdo con la compañía, entonces, el contrato está incorrecto; por incluir incertidumbre y riesgo, porque la compañía con la que se contrata el acuerdo de reclamar el precio de las mercancías perdidas o estropeadas y lograrlo, cobrará la cantidad acordada en el caso de estar las mercancías sanas y llegar a sus dueños gratuitamente, y en el caso de no estar sana, puede costar en la reclamación del precio de las mercancías más o menos de la cantidad acordada, y la pretensión de los dueños de la mercancía que no se sienten defraudados no se puede creer, porque ellos pagan la cantidad acordada a la compañía responsable de recaudar el precio de la mercancía gratuitamente, en el caso de estar sana, y no están seguros de que la compañía no fracasará en recaudar el precio en el caso del estropeo de la mercancía, excepto si se compromete de pagarlo por sí misma si fracasa en recaudarlo, y esto es otro riesgo incluído en lo anterior. ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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