Quien muera teniendo pendiente algunos días de ayuno obligatorio, que lo haga por él su pariente más cercano, si es posible
Pregunta:
Mi madre falleció y, antes de morir, me contó que tenía dos meses pendientes de ayuno de Ramadán, debido al período del parto, y murió sin recuperarlos. Las mujeres de esa época solían trabajar en la agricultura, además de las tareas de la casa. Teniendo en cuenta que vivió 50 años. ¿Debo ayunar en su nombre o alimentar a sesenta pobres? Y si es así, ¿cómo debo alimentarles? ¿Debo degollar algunas ovejas y distribuir su carne entre sesenta familias pobres o debo pagar el valor de los alimentos? Por favor, aconséjennos en tal caso. ¡Qué Allah les recompense con el bien!
Respuesta: Es mejor ayunar en nombre de su madre, porque el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- dijo:
Quien muera teniendo algún ayuno obligatorio pendiente, que lo haga por él su pariente más cercano.
Un hadiz de común acuerdo sobre su autenticidad. El "pariente" es el familiar más cercano. Si usted o algún otro familiar no pueden ayunar, entonces debe alimentar a un pobre por cada día de ayuno perdido de los bienes de su madre o del dinero suyo con la cantidad de medio sa' (1,5 kg.) del alimento básico de su localidad. Si da toda la comida a un solo pobre, será suficiente. ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!