Ponerse de acuerdo con un contratista para construir un edificio con un pago a plazos

Pregunta 1: Un shayj fue preguntado sobre un hombre que quería construir una casa, por lo que se acordó con un contratista y éste le puso como condición, que el precio al pagarlo inmediatamente será tal, y si lo paga a plazos o después de un rato tiempo será más. El shayj dijo que eso está permitido. Y cuando algunos le contradijeron alegando que este acto hace lícito algo prohibido por medio de permitir la usura a través de la venta, él respondió: "Esto no es usura, según la escuela jurídica Shafi'ita, y si fuera así, nadie de los Imames habría opinado de esta manera".


Respuesta 1: Se permite al musulmán acordarse con un contratista para construirle una casa a cambio de pagarle 500.000 riyales por ejemplo, y los paga a plazos, a pesar de que si paga en efectivo será el precio 400.000 riyales sólo. Esto no es usura, pero es del mismo género de la venta a plazos. Se permite al hombre vender una tela a cambio de 10 riyales, por ejemplo, si paga a plazos aunque no vale sino 9 solamente en efectivo.No obstante, ambas partes deben realizar el acuerdo de venta en la misma reunión, sea por pagar en efectivo o a plazos. ( Número del tomo 14; Página 397) ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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