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Número del tomo 11;
Página 105) Pregunta 1: Soy uno de los miembros de la Guardia Nacional, que es uno de los componentes de las Fuerzas Armadas y recibo mi salario vía la Corporación Bancaria de Al-Raguihi. ¿Está permitido para mí transferir mi salario a otro banco de los que dan préstamos con intereses determinados? De modo que pido un préstamo, por ejemplo, de 100 mil riyales de uno de estos bancos; y así, el banco me lo presta, a condición de que le transfiera mi salario, del cual descuenta mensualmente una parte hasta que cobra todo el importe. Tengan en cuenta que el préstamo no se devuelve como 100 mil riyales, sino 110 mil riyales. ¿Esto está permitido o no? Esperamos tener una fatwa al respecto. ¡Que Allah les proteja y les guíe al camino recto! ¡La paz, la misericordia y las bendiciones de Allah sean con todos ustedes!
Respuesta 1: Esta transacción es un tipo de usura pura, prohibida por el Corán, la Sunna y el consenso unánime de los ulemas. Así que no está permitido absolutamente usar este tipo de tratos. Por esto, debe abstenerse de ello y evitar lo que está prohibido por Allah, obedeciendo a la orden de Allah y Su Mensajero -la paz y las bendiciones de Allah sean con él-. ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!