Pregunta 3: Estaba endeudado, y quería pagar mi deuda. Por lo tanto, recibí del banco una cantidad, y le di un cierto interés, cuyo valor es el 9%. ¿He cometido yo usura o solamente el banco?
(
Número del tomo 13;
Página 390) Respuesta 3: Ambas partes, el acreedor y el deudor, son culpables. Y deben temer a Allah, apartándose de la usura, arrepintiéndose a Él y pidiéndole el perdón por su culpa. Tal vez Allah -Glorificado sea- le perdone su negligencia. Allah -Exaltado sea- dice:
¡Vosotros los que creéis! Temed a Allah y renunciad a cualquier beneficio de usura que os quede, si sois creyentes(278)Y si no lo hacéis, sabed que Allah y Su Mensajero os han declarado la guerra. Pero si os volvéis atrás, conservaréis vuestro capital. Y no seréis injustos ni sufriréis injusticia
¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!