Pagar los gastos de al-hajj a plazos del salario

Pregunta: ¿Acaso está permitido para una persona pagar los gastos de al-hajj (peregrinación mayor) a plazos de su salario? En otras palabras, se pagará sólo el 25% del importe requerido de al-hajj, mientras que las cantidades restantes se pagarán en cuotas mensuales de su sueldo. Aconséjennos. ¡Que Allah les recompense con el bien!


Respuesta: Al-hajj se debe a quien tiene la posibilidad para realizarlo, o sea, quien tiene la comida, la bebida y los gastos necesarios del transporte; es decir, los gastos de su viaje de ida y vuelta. Sin embargo, quien toma un préstamo, aparte de su salario, para cubrir los gastos de su viaje, su hajj es aceptable y se cumple con la obligación de al-hajj. No obstante, el acto de pedir prestado para este propósito, no es obligatorio para él por no tener la posibilidad para realizarlo.¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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