Pagar la deuda en la misma moneda, aun si su valor aumenta o disminuye
Pregunta: Mi hermano me prestó 20.000 rupias pakistaníes, que valían 7.000 riyales saudíes en aquel momento. Quiero satisfacer mi deuda, pero ahora la cantidad prestada - 20.000 rupias paquistaníes - equivale a 2.000 riyales saudíes. ¿Está permitido que le pague 2.000 riyales, o tengo que darle 7.000 conforme a su valor en el momento del préstamo? ¿O es obligatorio pagarle la deuda en rupias paquistaníes, la misma moneda con que recibí el préstamo?
Respuesta: Es obligatorio para usted que le devuelva la deuda a su hermano en la misma moneda con que la recibió, aun si su valor ha subido o bajado respecto a las otras monedas. Por lo tanto, tiene que darle las 20.000 rupias pakistaníes, ni más ni menos, que usted recibió de él como préstamo. También, se le permite darle lo que iguala a su valor en el momento de pagar de vuelta el préstamo en otra moneda, como los riyales saudíes u otro, con tal de que se realice el pago en el mismo acto. Pues, el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- dijo cuando fue preguntado por una persona que vendía por dirhams y recibía dinares o viceversa:
No hay nada malo en hacerlo con el precio del día, mientras no se separen con ninguna deuda.