Pregunta: Somos un grupo de socios que compartimos el mismo capital y trabajamos en el campo de la compraventa de coches a plazos. Mis socios me encargan de gestionar el trabajo en nombre de ellos, habiendo pasado un año lunar desde que fue fundada esa empresa, por lo que ya es el tiempo de pagar el azaque. ¿Tengo que pagar el azaque por la totalidad del capital inicial o tan sólo por la deuda pendiente, que es el resto del valor de los vehículos comprados a plazos por los clientes? Ésa es la pregunta de la que necesitaba obtener respuesta, ojalá Allah les dé la mejor recompensa.
Respuesta: Primero, una vez pasado ya un año de hégira de tenencia desde el establecimiento de la empresa, cada uno de ustedes debe pagar el azaque por su capital y sus ganancias, ya sea el dinero ganado presente en el momento o aplazado. Segundo, si los socios le autorizan a pagar todo el azaque, está permitido hacerlo, de modo que debe pagarlo en su nombre a quienes lo merezcan. (
Número del tomo 8;
Página 142) ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!