Los requisitos para que al-hajj sea obligatorio para la mujer
Pregunta: Soy una mujer de 65 años de edad. Realicé mi primer hajj (peregrinación mayor) con mi familia después de haber llegado a la menopausia. Como no tengo un mahram (pariente incasable) -excepto un niño pequeño- y tuve la intención de realizar al-hajj con mis familiares varones y sus esposas, pagué todos los gastos de mi viaje. Lancé los guijarros en el primer y el segundo día de tashriq (11, 12 y 13 de Dhu Al-Hiyya), pero en el día de partida de Mina, delegué a uno de mis parientes para arrojar los guijarros en mi nombre. Realicé otro hajj con mi primo, porque él es mi pariente más cercano, y estaba en la compaña de su madre y otras mujeres. Además, le delegué para lanzar todos los guijarros en los tres días de tashriq, en mi nombre. ¿He cometido un pecado para realizar el hajj sin un mahram, teniendo en cuenta que estaba en la compañía de mujeres en las dos veces? ¿Es válido mi hajj? ¿Tengo que ofrecer rescate por delegar a alguien para lanzar los guijarros en mi nombre en el segundo día durante mi primer hajj y también en todos los días de tashriq durante el segundo hajj? Les pido que me emitan una fatwa. ¡Que Allah se lo recompense! ¡Que Allah les proteja! Amén.
Respuesta: Primero, es sabido que uno de los requisitos para que al-hajj sea obligatorio para una mujer, es la presencia de un mahram con ella durante al-hajj. Por consiguiente, la obligación del hajj no se aplica en una mujer que no tiene un mahram, hasta que encuentre a uno. Sin embargo, si una mujer realizó hajj sin mahram, eso no tiene efecto negativo sobre la validez de su hajj, pero solamente tiene que arrepentirse a Allah por haber cometido un pecado, ya que no está permitido para una mujer viajar sin mahram, porque el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- dijo:
Ninguna mujer debe viajar sin ser acompañada por un mahram
Un hadiz de común acuerdo sobre su autenticidad. (
Número del tomo 10;
Página 326)
Segundo, en cuanto a delegar a otra persona para tirar los guijarros, es obligatorio para el peregrino, lanzar los guijarros para sí mismo, cuando sea capaz de hacerlo. Sin embargo, quien no es capaz de hacerlo como una persona enferma, anciana o físicamente incapacitada, en este caso, se le permite delegar a otra persona para lanzar los guijarros en su nombre. Tercero, basándose en lo anteriormente mencionado, si usted no pudo tirar las piedras, cuando delegó a otra persona para hacerlo en su nombre, en este caso, su delegación es válida y no hay nada malo en ello. Pero si usted era capaz de lanzar los guijarros durante su primer y segundo hajj, entonces usted tiene que ofrecer un rescate que consiste en degollar a un animal, válido para ser sacrificio, en
la Meca,
y distribuir su carne entre los pobres del haram (Territorio Sagrado de la Meca). Este veredicto se aplica en cada hajj por separado. Si no puede ofrecer ese rescate, tiene que ayunar diez días por cada vez en que delegó a alguien para lanzar los guijarros en su nombre mientras era capaz de hacerlo. ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!