Los honorarios del Ma’dhun cambio de realizar el contrato matrimonial
Pregunta 2:
Pagar una cantidad de dinero al Ma'dhun (persona legalmente autorizada para celebrar matrimonios) a cambio de realizar el contrato matrimonial es una costumbre difundida entre la gente, ¿está permitido que el Ma'dhun reciba dicho dinero? Teniendo en cuenta que el Ma'dhun acompaña al marido al lugar donde se celebra la boda incluso si fuera a larga la distancia.
Respuesta 2: Si el Ma'dhun no fuera empleado que cobra un sueldo del Estado a cambio de este trabajo, entonces le estaría permitido recibir dinero por organizar, efectuar los trámites y redactar el contrato matrimonial. (
Número del tomo 18;
Página 107) Pero si fuera empleado, no le es permisible aceptarlo incluso si se traslada de la sede de su trabajo al lugar donde se celebra la boda de la pareja.¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!