Pregunta: Mi hermano se murió dejando, como herederos, a dos esposas y a mí. Él y yo éramos socios en un edificio, dinero y otras cosas. Pero debemos deudas y quiero liquidar la herencia, previa evaluación y venta, para pagar aquellas deudas y entregar a cada esposa lo que le corresponda. ¿Cuál es la porción que corresponde a las dos esposas? ¿Tenemos primero que pagar las deudas del capital antes de distribuirlo? ¿Está permitido vender el edificio o estimar su valor? ¿Y cómo hacerlo?
Respuesta: Se debe primero pagar las deudas del capital común antes de distribuirlo, porque tanto el capital como las deudas corresponden a los dos. Si su hermano hizo un testamento, hay que cumplir con él, una vez pagadas las deudas, de la porción correspondiente al difunto antes de distribuir la herencia. Lo que queda del edificio, del dinero y de las otras cosas, se distribuye entre las dos esposas y usted. Si lo mencionado en la pregunta es la verdad, la cuarta parte se distribuye, de porciones iguales, entre las dos esposas, y el resto es para usted. En cuanto a vender o estimar el valor del edificio, eso debe ocurrirse con el consentimiento de las dos esposas. Pero si disputáis sobre algo, regresad entonces al tribunal para que lo juzgue y dé a cada uno su derecho. (
Número del tomo 8;
Página 344) ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro Profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!