la ‘Idda de una viuda cuyo marido murió antes de la consumación del matrimonio

Pregunta 3: Un hombre contrajo matrimonio con una mujer, pero murió antes de consumar el matrimonio. ¿Debe su esposa cumplir con la ‘Idda (período legal de espera)?


Respuesta 3: Una mujer viuda tiene que observar la ‘Idda, tanto si ha consumado su matrimonio como si no. la ‘Idda es de cuatro meses y diez noches, de conformidad con la generalidad de la aleya en que Allah -Exaltado sea- dice: Los que de vosotros fallezcan y dejen esposas, éstas deberán esperar cuatro meses y diez noches para poder disponer de sí mismas ( Número del tomo 20; Página 400) ¡Que Allah nos conceda el éxito!, y ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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