La suma que se paga como fianza al alquilar una casa
Pregunta 2: Soy un empleado que vive en una vivienda estatal, por la que pagué una fianza de 5.000 riyales al recibir la casa y cuya cantidad es devuelta al dejarla. Cabe decir que el organismo competente deposita estas sumas en el Banco Americano. Mi pregunta es: ¿Es debido el azaque sobre esta fianza? ¿Está permitido depositar dichas cantidades -que superan el millón de riyales- en dicho banco? Cabe mencionar que los empleados que pagan estas sumas no están de acuerdo con depositar el dinero en el banco.
Respuesta 2: Si el propósito de depositar las sumas mencionadas en el banco es simplemente guardarlas, no hay nada malo en ello. Por otro lado, si se destinan a la inversión usuraria, esto no está permitido. De todos modos, es obligatorio para el propietario del dinero pagar el azaque debido sobre él si alcanza al-nisab (cantidad mínima en la que el azaque es debido) y si pasa un año de hégira de tenencia sobre él. ¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!