Las alabanzas son únicamente para Allah, la paz y las bendiciones de Allah sean con el último Profeta: El Comité Permanente de Investigaciones Científicas y Emisión de Fatwas examinó lo que fue enviado a su Eminencia el Mufti General, por parte del gobernador de
Al-Ta’if,
en la carta N˚ (02.01.1690), de fecha 15/5/1419 de la H., que fue remitida al Comité del Consejo de Expertos Superiores en la carta N˚ (3133), y fechada el día18/5/1419 de la H., que incluye una solicitud para investigar la cuestión presentada por el Director General de Agricultura y Agua de
Al-Ta’if,
en la cual se solicita investigar una denuncia presentada por el ciudadano cuyas iniciales son (H.A.A.T), sobre la presencia de densos árboles en un cementerio adyacente a su propiedad en
Al-Shifa,
(
Número del tomo 7;
Página 349) (ciudad de Al-Talhat). En esa denuncia, se queja de los daños causados a su propiedad agrícola por la caída de algunas piedras de este cementerio, y solicita permiso para talar estos árboles. Sin embargo, el Director General de Agricultura y Agua subrayó que si lo hace puede afectar la estabilidad del terreno del cementerio, por lo tanto el asunto requiere una fatwa legal. Se adjunta a la carta de su Eminencia un informe de la Comisión de Inspección con respecto a este cementerio que incluye lo que sigue:Con referencia a la solicitud N˚ (539) de fecha 26/2/1419 de la H., y los adjuntos documentos relativos a la solicitud del ciudadano cuyas iniciales son (H.A.A.T) que incluye información sobre el cementerio que está densamente cubierto de árboles y que contiene tumbas arruinadas, etc.Se fijó una fecha a la comisión encargada para inspeccionar el lugar con el reclamante, el 28/3/1419 de la H., la Comisión determinó lo siguiente:1 - La presencia de siete árboles de acacias.2 - Tres tumbas en ruinas.En base de lo que el Comité vio, nuestro delegado, el oficial de la policía de Al-Shifa y el delegado del circunscripción de Al-Shifa emitieron un informe al respecto.
(
Número del tomo 7;
Página 350) Y después de un cuidadoso examen, el Comité emitió una fatwa sobre la necesidad de construir un muro alrededor del cementerio, para protegerlo de los abusos y la falta de respeto, y para evitar que la gente pase por encima de las tumbas. Así como evitar que las piedras del cementerio caigan en la propiedad del demandante, y causar daños a su propiedad. Por otra parte, el municipio responsable debe apresurarse en cercar el cementerio y reparar las tumbas en ruinas. Además de ello, no hay inconveniente alguno, en cortar los tallos de las ramas, de los árboles del cementerio, con herramientas manuales, como sierras, y dejar las raíces, para no derrumbar las tumbas. Sin embargo, no es admisible extirpar los árboles de raiz o talarlos desde abajo con maquinaria pesada, ya que esto puede causar daños a las tumbas y profanar la inviolabilidad del difunto. Además, se debe tener en consideración que la inviolabilidad de los muertos es equivalente a la de los vivos.¡Que Al.lah nos conceda el éxito! ¡Que Al.lah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!