Pregunta:
Tengo unos 900 riyales, precio de las ovejas que se habían asignado como habiz por
‘Ali ibn Muhammad Mufrih
(
Número del tomo 16;
Página 355) a fin de que fuesen una caridad permanente para él. La asignó antes de morir, y legó su parte de la herencia de su padre como habiz. Mejor dicho, sólo lo que le pertenece de las ovejas. Tengo todavía la suma mencionada de dinero. Necesito su fatwa a este respecto.
Respuesta: Si el caso es como se ha mencionado y el dinero que legó es un tercio de su patrimonio o menos, un tutor debe ser nombrado para comprar una porción en bienes inmuebles u otros activos bienes similares, si es posible. De lo contrario, se le debe dar la cantidad a una persona para invertirla a cambio de una parte de las ganancias. Si esto no es posible, entonces puede ser gastada en obras de caridad como distribuirla entre los pobres, construir una mezquita y actos similares. Todo esto debe ser hecho por el tutor del legado despúes de consultar a su Eminencia, el juez de esa zona.¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!