¿Hay que citar el valor de la dote nupcial en el contrato matrimonial?

Pregunta 1: He asistido a la ceremonia de un contrato matrimonial. Cuando el notario de bodas preguntó al tutor legal de la novia sobre el valor de la dote para registrarlo en el acto de matrimonio, él le contestó: "Somos parientes y no hay condiciones entre nosotros, así que usted puede escribir el contrato según el acuerdo mantenido entre nosotros", y así fue. ¿Cuál es el veredicto legal en cuanto a este contrato?


( Número del tomo 19; Página 53) Respuesta 1: Este contrato matrimonial es correcto. El hecho de citar el valor de la dote nupcial, no es una de las condiciones de la validez del contrato. En este sentido, es suficiente el acuerdo al cual llegaron el novio y el tutor de la novia, aunque no figure en el contrato. ¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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