Fotografiar emblemas cristianos, como las cruces

Pregunta 1: En los últimos días se ha divulgado la foto de la conocida cruz aunque la gente no le hace caso, de modo que se ha empezado a ver esta foto en los canales vía satélite y revistas de propaganda, entre otros. ( Número del tomo 1; Página 466) 1 - ¿Cuál es el veredicto legal general de fotografiar la cruz?2 - ¿Cuál es el veredicto legal de divulgar la foto de la cruz en revistas y publicidad?3 - ¿Cuál es el veredicto de publicar la foto de la cruz en revistas islámicas que advierten a la población de sus enemigos cristianos y desvelan sus planes misioneros?4 - ¿Cuál es el veredicto de fotografiar sus ritos religiosos?


Respuesta: Lo primero es que no está permitido fotografiar cruces, así como el resto de símbolos de incredulidad, ni tampoco divulgarlas en revistas y publicidad, a menos que sea para que los musulmanes las conozcan y tengan cuidado, y para que no las glorifiquen y honren sin darse cuenta. En este caso, la publicación de la foto debe llevar adjuntada una aclaración de su objetivo.Por otro lado, no está permitido fotografiar los ritos religiosos de los incrédulos ni mostrárselos a los musulmanes, puesto que conllevan una falta de creencia en Allah y Su Mensajero y contradicen al Islam. Este hecho también puede llevar a que se sientan interesados y se acerquen a ellos, especialmente entre los que no tienen mucha fe. Además, podría romper la barrera de repulsión entre lo musulmán y lo incrédulo, y todo lo que sea así debe ser evitado. ( Número del tomo 1; Página 467) ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


Relacionado: