Pregunta: Tengo un primo que murió en un accidente de coche en 17/6/1402 H, dejando unos niños pequeños, para los cuales el presidente del tribunal de
Al-Qunfudhah me nombró tutor.
(
Número del tomo 9;
Página 414) Se les pagaba a los niños su cuota de la diyya (precio de sangre) y una suma de dinero del Departamento de Pensiones, ya que su padre era un profesor en el Ministerio de Educación. Les he guardado este dinero y lo haré durante muchos años, hasta que los hijos alcancen la pubertad. La pregunta es: ¿Debo dar el azaque obligatorio de este dinero por todos los años o hacerlo sólo una vez después de pasar el primer año de hégira de tenencia? Les pido que me respondan para tranquilizar mi conciencia y tener una visión clara de que he protegido los derechos de los niños huérfanos con respecto a su azaque.
Respuesta: Es obligatorio pagar el azaque debido al dinero antes mencionado, si alcanza al-nisab (la cantidad mínima en la que el azaque es debido) o más, ya sea por sí mismo o por medio de añadirlo a otro dinero efectivo o bienes comerciales por cada año, después de la muerte del heredado.¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!