El azaque sobre los bienes de los menores de edad

Pregunta 2: ¿Acaso se debe pagar el azaque de los bienes de los menores de edad? En caso que se deba, ¿acaso debe pagar el azaque de estos bienes y de los alquileres mensuales que se les añaden, después de descontar los gastos necesarios?


( Número del tomo 9; Página 413) Respuesta 2: Debe pagarse el azaque de los bienes de los menores de edad que alcanzan Al-Nisab (cantidad mínima en la que el azaque es debido) transcurriendo un año, añadidas las ganancias al capital, sin esperar otro año para las mismas, aunque incluyan gastos independientes, como los gastos del año que viene. En cuanto a los gastos necesarios, es mejor que se tomen antes que transcurra un año y gastarlos en sus necesidades como: la vestimenta, la alimentación, las deudas y semejantes. Respecto a los alquileres; no debe pagar azaque de ellos, hasta que pase un año a partir de la fecha del contrato de alquiler.¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


Relacionado: