Pregunta 2: Tengo un número de vacas y ovinos que supera la suma de al-nisab y compramos forraje para estas bestias, entonces, ¿hay que pagar azaque sobre estos animales?, ¿cuál es su cantidad?, ¿es obligatorio pagar el azaque de las casas que el hombre alquila a los otros para habitar especialmente si utiliza las pagas de este arrendamiento en su comercio que da su azaque cada año?
Respuesta 2: Primero: Si tiene la intención de utilizar estas vacas y ovejas en el comercio, entonces hay que pagar su azaque al pasar un año de hégira de tenencia desde el primer momento de tener la intención, y si las ha comprado para el comercio se debe pagar su azaque al pasar un año de hégira de tenencia desde pagar el dinero para comprarlas, y se paga el azaque del dinero destinado al comercio. No obstante, si son destinados a la posesión y no al comercio, entonces ningún azaque es debido sobre ellos; pues es una de las condiciones de obligar pagar el azaque de los camellos, vacas y ovejas que sean Sa'ima, es decir animales que se pastan.Segundo: se debe pagar el azaque del dinero adquirido de alquilar los inmuebles, sobre todos al pasar un año de hégira de tenencia y alcanzar al-nisab.¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!