Pregunta: Un comerciante me pidió que les escribiera la siguiente pregunta: él posee un terreno agrícola grande de manzanas y de algunos otros frutos y pregunta ¿Cómo se paga azaque por todas estas frutas? Teniendo en cuenta que el riego se realiza por medio de los pozos artesianos. Algunos años dicho comerciante invierte la ganancia de este dinero en otros proyectos antes de que alcance un año lunar de tenencia, y el dinero sigue de esta forma con cada cosecha. Y de su ganacia de la misma paga sus deudas; tanto a los bancos como a otros acreedores ¿Cuál sería el veredicto legal acerca de los años anteriores en las que había pagado el azaque con la posibilidad de que no fuese obligatorio todavía pagarla en aquel entonces? ¿Qué tendría que hacer y qué le aconsejan? Ya que realiza muchas transacciones con el banco y recibe y da usura a los mismos. Espero una respuesta detallada que aclare los puntos antes mencionados y que Allah les recompense bien por servir tanto al Islam como a los musulmanes.
Respuesta: Primero: Si gasta el valor de las frutas tal como; la manzana, las granadas, la naranja, el tomate etc. en sus necesidades y en pagar deudas antes de que pase un año lunar de tenencia, no tendrá la obligación de pagar azaque, pero si transcurre un año lunar de tenencia y posee de su valor lo que alcanza Al-Nisab (la cantidad mínima con la que el azaque es debida), tendrá que pagar su azaque, el cual es el cuarto de un décimo.Segundo: En cuanto a los frutos, su pregunta fue generalizada a pesar de que dicha cuestión tiene muchos detalles, si son granos como: la cebada, el trigo, el arroz y el maíz etc. o son uvas o dátiles, su azaque debido sería la mitad de un décimo por ser regada con costo según usted ha mencionado, y eso será en caso de que haya alcanzado Al-Nisab, el cual es cinco Wasaq que equivale a trescientos Sa' acorde al Sa' del Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él-, el cual equivale a cuatro puñados llenos con manos de aspecto normal.Respecto a los intereses bancarios; los mismos forman parte de la usura prohibida y lo debido es dejar de realizar transacciones basadas en la usura y arrepentirse ante Allah -Exaltado sea- de eso y gastar los intereses bancarios que ha recibido en las causas benéficas para liberarse de los mismos y perfeccionar su arrepentimiento. (
Número del tomo 9;
Página 239) ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!