Pregunta 1: Tengo una casa que tiene dos pisos. Cada piso tiene dos apartamentos. Alquilé la planta baja por trienta y seis mil riyales al año. Cogimos tres cientos mil riyales como un préstamo del Estado (que Allah apoye su régimen), que debe ser pagado en cuotas durante veinte cinco años. El valor de la cuota es diez mil riyales por cada año después de la deducción del 20%. Le debo al contratista que construyó el edificio de la casa, después de deducir las cuotas del préstamo, una suma que deberíamos pagar en plazos de treinta mil riyales al año. La pregunta es: ¿Tenemos que pagar azaque por la la renta de la planta baja, aunque la pagamos enteramente, en adición a otro dinero nuestro para abonar las cuotas mencionadas?
Respuesta 1: Si tal es el caso, y todo el importe de renta cobrada del alquiler del primer piso ha sido gastado para abonar la cuota del préstamo y la del contratista, entonces usted no tiene que pagar nada como azaque por la renta, siempre que haya pagado toda la renta antes del transcurso de un año de hégira de tenencia, a partir de la fecha de su vencimiento. (
Número del tomo 9;
Página 345) ¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!