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Número del tomo 20;
Página 487) Pregunta: Si una mujer europea ha abrazado el Islam, ¿cuál es el período de su ‘Idda (período legal de espera), tras la cual se le permite casarse con un musulmán? Es digno de mencionar que la mujer en esos países suele tener un novio o más, con quien tiene relaciones sexuales, a pesar de que no es su marido y él no tiene los derechos del marido. Es bien sabido que estos actos desviados en tales países no están prohibidos, sino que son permitidos para ambos sexos. Hemos leído en los libros de Jurisprudencia Islámica que el período de ‘Idda de la mujer no musulmana es una menstruación por lo menos. En este caso, si un musulmán se casó con una mujer que abrazó el Islam recientemente, y ella le dijo que ya ha tenido tres períodos menstruales antes de su matrimonio, y que ella no tuvo relaciones sexuales con ningún hombre durante este período, pero se descubrió después de su matrimonio que ella estaba embarazada, y que sólo tuvo un período menstrual -y no tres como ella dijo - y que lo tuvo una semana antes de su tiempo habitual, ¿Qué debería hacer este hombre musulmán en este caso? ¿Es su matrimonio válido y debe creer en lo que ella dijo? Pues, le dijo que ella tuvo tres períodos menstruales antes de que él se casara con ella, sin tener relaciones sexuales con otro hombre. ¿Cómo puede seguir viviendo con ella, después de conocer la verdad? ¿Se considera el niño su hijo? Este hombre musulmán teme que se reniegue si se divorcia de ella. Le pedimos un veredicto al respecto, que Allah lo recompense.
Respuesta: Si tal es el caso, se asegura de que la mujer no está embarazada por tener un período menstrual. Sin embargo, si está embarazada, no es válido contraer el matrimonio hasta que dé a luz. ¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!