En caso de esforzarse durante el ayuno, pero después del Ramadán abandona la oración ¿Es válido su ayuno?
Pregunta:
Una mujer no ayunó tres días del mes de Ramadán del año 1396 H., sin justificación alguna, sólo por negligencia, ¿cuál es el veredicto legal al respecto? ¿Y qué debe hacer dicha mujer?
Respuesta: Si tal es el caso, que esta mujer no ayunó aquellos días por negligencia no por considerarlo lícito, entonces habrá cometido un gran y grave pecado por haber violado la consagración del mes de Ramadán, puesto que el hecho de ayunarlo es uno de los pilares del Islam, porque Allah -Exaltado sea- dice:
¡Creyentes! Se os ha prescrito el ayuno al igual que se les prescribió a los que os precedieron. ¡Ojalá tengáis temor (de Allah)!
(
Número del tomo 10;
Página 142) Hasta decir- Exaltado sea-:
En el mes de Ramadán se hizo descender el Corán, dirección para los hombres y pruebas claras de la Guía y del Discernimiento; así pues, quien de vosotros vea el mes, que ayune
En este sentido, la mujer tiene que ayunar tres días por los tres perdidos si no hubiera mantenido relaciones sexuales durante las horas del ayuno de aquellos días, pero si lo huebiera hecho tendría que realizar, además de la recuperación del ayuno, una expiación por cada día en el que lo había hecho. La expiación consiste en liberar a un esclavo, si no encuentra manera de hacerlo, puede ayunar durante dos meses consecutivos, y si no puede, entonces debe dar de comer a sesenta pobres, una mitad de sa‘, que es una medida para granos, aproximadamente 4 almudes o casi un kilo y medio del alimento común del país a cada uno de ellos. Además, debe arrepentirse pidiendo perdón a Allah y realizando el ayuno que Allah le mandó hacer, así como decidir no volver a romper el ayuno en Ramadán, y dar de comer a un pobre por cada uno de los tres días perdidos por el hecho de haber tardado en recuperarlos hasta después del mes de Ramadán del año siguiente.¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!