Actuar como testigo de un contrato de usura

Pregunta: He comprado un equipo francés del tipo Becline de la Agencia Árabe de Automóviles por 430.000 como pago inicial, y el resto en cuotas mensuales de 28.000. En caso de tener un atraso en mis pagos, deberé pagar el 2% de interés de acuerdo con los documentos firmados. De hecho, no pude pagar todas las cuotas en el período de tres años, y todavía restan 90.000. ¿El 2% de interés es legal o no por lo que no debo pagarlo? Les pedimos, por favor, un veredicto al respecto. ¡Que Allah les recompense!


Respuesta: Si tal es el caso, entonces, cobrar un 2% de interés por atrasar el pago de la cuota es de la usura prohibida según el Corán, la Sunna y el consenso unánime. En consecuencia, no está permitido para usted pagarlo, ni para la Agencia cobrarlo. Por lo tanto, tal transacción usuraria es inválida e ilegal, porque Allah dice: Sin embargo Allah ha hecho lícito el comercio y ha prohibido la usura ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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