Pregunta 4: La usura está terminantemente prohibida de acuerdo con la shari'ah (Ley Islámica). Sin embargo, hoy en día los intereses personales de la gente le pueden obligar a tratar con los bancos para suplir sus necesidades. Por ejemplo, si una persona quiere realizar oferta de compra, debe presentar una garantía bancaria. La misma condición es establecida para la importación y el seguro de mercancías. Además, las instituciones gubernamentales exigen una garantía bancaria para permitir que uno presente su oferta. Si no, será excluido. Esperamos que su Eminencia nos aclare el veredicto legal acerca de esta cuestión.Hay una persona que se presentó en una oferta gubernamental y se le pidió una garantía bancaria. Por no poseer la cantidad de dinero requerida en efectivo, sino en forma de bienes inmuebles, pidió un préstamo a un banco a cambio de hipotecar una propiedad y de traer a un aval, a condición de que no tomara un interés por el mismo. Sin embargo, el banco se negó e insistió en tomar interés, teniendo en cuenta que el hombre no quería tomar el dinero prestado, sino sólo un documento de garantía, declarando que (garantizamos que la institución "X" y con tal cantidad). Tampoco el banco paga el préstamo, salvo en el caso de que el cliente se declare en quiebra o no logre completar el proyecto por cualquier razón.El banco ha estipulado 0,5 % de interés por cada tres meses sobre el préstamo, pero el hombre ofreció dar una cantidad específica de dinero, la cual equivale casi el triple del interés requerido, pero el banco se negó, mientras que la intención del hombre era evitar lo prohibido, (
Número del tomo 13;
Página 300) al pagar una cantidad fija de interés durante un tiempo específico. Cuando el banco se negó, el hombre abandonó el proyecto y retiró su oferta, porque temía cometer pecado y así perdió su oportunidad. ¿Cuál es la solución a este problema?Shayj: ¿Cómo puede uno ganarse la vida trabajando en el campo de la construcción de proyectos públicos y privados, viéndose obligado a someterse a tal trato ilícito? ¿Puede aplicarse en este caso el principio de "la necesidad mayor legaliza lo ilícito"? sigo declarando que se paga un interés del 0,5% cada tres meses y el beneficiario del préstamo no ha fijado el tiempo en que pagarlo, tal vez sea después de uno, dos o cinco meses, o incluso después de un año. ¿Acaso la indeterminación del tiempo de pago puede hacer lícita la transacción? Cabe mencionar que la garantía es válida por todo el período del proyecto, pero el beneficiario tiene la intención de vender alguna propiedad para tener completamente pagado el préstamo presentando su propio dinero para la garantía del proyecto. ¿Cuál es la opinión de su Eminencia y de la shari'ah al respecto?
Respuesta 4: Es obligatorio dejar de hacer transacciones que implique usura o arriesgo, como las operaciones de seguro, y observar las que no la impliquen, tales como las transacciones de compraventa de bienes disponibles y lícitos: vender a crédito, vender con pago anticipado, o trabajar en el campo de la construcción para las personas o empresas que no condicionan lo que usted ha mencionado. Quien teme a Allah -Exaltado sea-, siendo sincero en sus transacciones y buscando sus medios lícitos, Allah -Exaltado sea- le provee desde donde no lo espera, (
Número del tomo 13;
Página 301) pues Allah -Glorificado sea- dice:
Y quien teme a Allah, Él le da una salida(2)Y le provee desde donde no lo espera
Y dice en otra aleya:
Quien teme a Allah, Él le dará facilidad en lo suyo
Teniendo en cuenta que no hay nada malo en obtener una garantía bancaria, siempre y cuando el banco no exige el pago de un interés, o concede la garantía por su confianza en el beneficiario, por una propiedad hipotecada, o por un aval.
¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!