La paga del carnicero

( Número del tomo 14; Página 400)  Pregunta: Tuve un accidente de tráfico, en el cual sufrí una fractura en la pierna derecha; también, tuve complicaciones después este accidente, como operarme en el vientre y extirpar partes de los intestinos. Me quedé en coma largo tiempo desde la fecha del accidente, que es 13-7-1404 hasta 10-9-1404 H., como resultado del accidente y por efecto de la anestesia. Durante este período, no pude rezar ni cumplir el ayuno de Ramadán del año 1404 H., las alabanzas a Allah por lo que me dio. Ruego que su Eminencia me guíe a lo que debo hacer. ¿Será obligatorio recuperar las oraciones perdidas y el ayuno o expiarlos? También estoy trabajando ahora como corredor, pues tengo contactos con algunas empresas y traigo coches para transportar sus mercancías desde Riad hacia fuera o viceversa, a cambio de cobrar una suma fija de dinero.Espero que su Eminencia me aclare si mi trabajo es lícito o no. Les informo también que he empezado este labor después del accidente, y mi primer trabajo era transportar las mercancías; puesto que poseía un camión que fue destruido en el accidente.


Respuesta: Si el caso es como usted ha mencionado, le está permitido cobrar un sueldo fijo a cambio de su trabajo. En cuanto a la oración; usted no está obligado a recuperar lo perdido mientras estaba en coma, pero debe restituir los días de ayuno que perdió en Ramadán mientras estaba consciente. Lo mismo con respecto a las oraciones que no realizó aunque estaba consciente. ¡Qué Allah nos guíe a todos a hacer lo que le agrada, y que perdone tanto a usted como a nosotros! ( Número del tomo 14; Página 401) ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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