El veredicto legal de tawaf al-wada'

Pregunta 1: Después de realizar el tawaf, es decir, tawaf al-wada', ¿es ilícito vender y comprar en la Meca?


Respuesta 1: Es lícito vender y comprar después de realizar tawaf al-wada', pero si el peregrino tarda mucho en viajar después de realizar tawaf al-wada', entonces es recomendable repetirlo. ( Número del tomo 11; Página 299)  Pregunta 3: ¿Acaso realizar la `umrah (peregrinación menor) fuera del tiempo de al-hajj (peregrinación mayor) requiere tawaf al-wada'? Respuesta 3: Es recomendable para quien haga la `umrah, sobre todo si permanece en la Meca después de cumplir la misma, que realice la tawaf al-wada' al salir de la Meca honrada, aunque no es obligatorio según la más cierta de las dos opiniones de ulemas en este caso. Pregunta 4: ¿Acaso se exime la mujer que esté menstruando de realizar tawaf al-wada'? Respuesta 4: Sí, se exime la mujer de tawaf al-wada', en caso de estar menstruando al salir de la Meca honrada, y lo mismo para la mujer en puerperio; por lo que dijo Ibn 'Abbas -que Allah esté complacido con ambos-: La gente ha sido ordenada que el último rito que hay que cumplir, es la circunvalación alrededor de la Kaaba, salvo para la mujer en período. un Hadîz de común acuerdo sobre su autenticidad. Pregunta 6: ¿Es obligatorio para quien hizo tawaf al-wada', salir de la puerta de al-wada'?, y ¿es obligatorio entrar de la puerta de al-salam? Respuesta 6: No es obligatorio para quien hizo la circunvalación de despedida, salir de la puerta llamada: al-wada‘, ni a quien entra, pasar por la puerta de al-salam.¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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