En el caso de una mujer que da a luz a un niño después de seis meses de embarazo, ¿sería posible que lo atribuyera a su marido?

Pregunta 3: ¿Qué se expone en la normativa religiosa acerca de un bebé que ha visto la luz apenas seis meses después de la consumación del matrimonio? En tales casos, ¿la paternidad de ese bebé puede ser atribuida al marido? ¿Podría ser el marido el verdadero padre de ese bebé? Es preciso aclarar que la madre del chiquillo goza de una intachable reputación.


Respuesta 3: Si una mujer da a luz a un bebé a los seis meses de su concepción o más, la paternidad del chiquillo se atribuye a su esposo; pues el período mínimo de gestación, en el caso de un posible embarazo prematuro, es de seis meses. En efecto, Allah -Ensalzado sea- dice: durando su embarazo y la lactancia treinta meses y prosigue: Y fue destetado a los dos años Así pues, la gestación se prolongó durante sólo seis meses, porque el período de lactancia de esa criatura duró dos años, es decir, veinticuatro meses: de la suma de ambos periodos resulta un total de treinta meses. ¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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