El veredicto sobre la demora en recuperar los días no ayunados en Ramadán por la mujer parturienta y otras
Pregunta:
Algunas mujeres no recuperan los días no ayunados en el mes de Ramadán, hasta que pasan algunos años. Por ejemplo, una mujer no pudo ayunar el mes de Ramadán de 1410 H., debido a una enfermedad o puerperio y pospuso la recuperación hasta después del mes de Ramadán del año 1411 H. Otras mujeres no recuperan los días no ayunados, dando caridad voluntaria en lugar del ayuno. Espero que su Eminencia nos guíe hacia lo correcto en este sentido. La paz y la misericordia de Allah sean con ustedes.
(
Número del tomo 9;
Página 45)
Respuesta: Primero, si una mujer rompe su ayuno durante el mes de Ramadán debido a la menstruación, el puerperio o la enfermedad, tiene que recuperar los días no ayunados después de Ramadán, una vez que la causa de no ayunar haya desaparecido.Segundo, si la excusa que le impidió ayunar permanece hasta la llegada del próximo Ramadán, entonces sólo tiene que recuperar los días no ayunados cuando la razón que le haya impedido ayunar, desaparezca. Sin embargo, si la excusa desaparece y ella retrasa la recuperación de los días no ayunados hasta la llegada del siguiente Ramadán, entonces tiene que recuperar los días no ayunados además de llevar a cabo una expiación, que es alimentar a un pobre por cada día cuya recuperación haya sido pospuesta.¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!