El veredicto legal en lo que se refiere al abandono de la oración obligatoria, por pereza, a pesar de reconocer su obligación
Pregunta: ¿Cuál es el veredicto legal sobre una persona que no realiza una de las cinco oraciones obligatorias, como al-fagr (el amanecer) por ejemplo, por pereza y negligencia, mientras cree en la obligatoriedad de observarla?¿Es esta persona recompensada por las cuatro oraciones que ofrece y será castigada por la que abandona? ¿Y será premiado por las otras buenas obras que hace, como el deber de venerar a los padres, mantener los lazos de parentesco y otras obras bondadosas?
Respuesta: Es obligatorio observar las cinco oraciones obligatorias a diario. Pues, Allah -Altísimo sea- dice:
Cumplid con las oraciones prescritas y con la oración del medio
También dice:
Y los que cumplen sus oraciones
En realidad, el hecho de abandonar una oración, es igual a abandonarlas todas, de modo que todas las demás oraciones no serán aceptadas. Del mismo modo, ninguna buena acción se aceptará de él a menos que llegue a rezar puntualmente y observar todas las oraciones, aunque él crea que la oración es obligatoria. Efectivamente, limitarse a creer que la oración es obligatoria, no podrá sustituir su realización. Además, el que abandona intencionalmente la oración, comete un acto de incredulidad mayor, (
Número del tomo 5;
Página 42) aunque admita que sea obligatoria, según la más acertada de las dos opiniones de los ulemas. Pues, el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- dijo:
Entre el hombre y la incredulidad y el politeísmo, no hay más que dejar de establecer la oración
Recopilado por
Muslim
en su Sahih. También, el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- dijo:
El pacto entre ellos y nosotros es la oración. Pues, quien la abandona, se considera incrédulo.
Recopilado por el
Imam Ahmad
y los compiladores de Sunan con un Isnad (cadena de narradores) auténtico.¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!