El veredicto legal acerca de ayunar determinados días del mes de Ragab
pregunta 1: Hay días en el mes de Ragab en que se ayuna voluntariamente. ¿Están al principio, al medio o al final de este mes?
Respuesta 1: No se comprobó que existiera Hadiths que tratan el ayuno en el mes de Ragab, salvo lo que
fue transmitido por
Al-Nasa’i
y Abu Dawud
y lo autentificó
Ibn Juzaymah
en el Hadith narrado por
Usamah
dijo: dije
¡Mensajero de Allah! no te he visto ayunar en ningún mes como en el mes Sha‘ban. Respondió: "Es un mes al que la gente no presta atención entre los meses de Ragab y Ramadán, y es un mes en el que las obras se elevan al Señor del Universo, y a mí me gusta que se eleven las mías estando yo en ayuno.
Sin embargo, hay Hadiths que incitan en general a ayunar tres dias de cada mes;
(
Número del tomo 2;
Página 509) los Días Blancos de cada mes lunar, correspondientes a los días 13, 14 y 15;
los meses sagrados; así como los lunes y los jueves y Ragab está incluido. Si usted desea ayunar durante algunos días de cada mes, elija pues los tres Días Blancos, o los lunes y los jueves, si no, el asunto es general. En cuanto al hecho ayunar algunos días en particular durante el mes de Ragab, no hay pruebas que lo confirmen en la Shari‘ah (Legislación Islámica).¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad,su familia y sus compañeros!