El hombre es mahram para las hijas de la mujer con que consumó el matrimonio
Pregunta 3: Una mujer se casó con un hombre y luego se divorció de él. Más tarde, se casó con otro y tuvo hijas de él. ¿Se considera el ex-esposo como mahram mahram (parientes incasables) para sus hijas?
Respuesta 3:
Se prohíbe al hombre casarse con las hijas de la mujer con que se ha consumado el matrimonio. Así, se considera mahram para todas las hijas de esta mujer, antes y después del matrimonio. Allah -Altísimo sea- dice:
Se os prohíben vuestras madres
hasta que dijo:
y las hijastras que estén bajo vuestra protección, que sean hijas de mujeres que hayáis tenido y con las que hayáis llegado a cohabitar
Y si no se ha consumado el matrimonio, entonces no se considera mahram para las hijas. Allah dice:
si son de mujeres que habéis tenido con las que no habéis cohabitado, entonces no hay inconveniente
(
Número del tomo 17;
Página 347) ¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!